Abogados herencias Bilbao

En el momento que una persona fallece, todo su patrimonio conocido como herencia, en donde se incluye sus bienes, derechos y obligaciones se transfiere a otras personas.
Generalmente este patrimonio se reparte entre sus descendientes, aunque en el caso de no haber tenido hijos, existe la posibilidad de que hereden sus ascendientes u otros familiares.
El tema herencias es un asunto bastante complejo de entender que suele generar muchas dudas sobretodo en aquellas personas que no se hallan familiarizadas con este tipo de trámite.
No obstante, contando con ayuda profesional esta gestión no tiene por qué resultar tan complicada.
Contacte con nuestro equipo de abogados de herencias en Bilbao, con años de experiencia en todos los asuntos relacionados con el derecho de sucesiones, de forma que podemos explicarle todo lo relativo a este ámbito para que no tenga duda alguna de como funcionan las sucesiones, ayudándole con su herencia o testamento.
Tipos de herencias
Heredar implica la transmisión legal de bienes y derechos de una persona fallecida a sus herederos. Es un tema bastante complejo y varia según la jurisdicción y circunstancias específicas de cada caso.
Existen diferentes tipos de herencias, cada uno con sus características y regulaciones particulares:
Herencia intestada: La persona fallece sin haber dejado testamento válido.
Herencia testamentaria: La persona fallecida ha dejado testamento válido donde se exponen sus deseos de como desea que sus bienes y derechos tras su muerte sean distribuidos.
Herencia en vida: Transferencia de bienes y derechos por parte de una persona antes de su fallecimiento.
Herencia digital: Bienes y derechos digitales que una persona deja tras su muerte: correos electrónicos, redes sociales, archivos en la nube…
Herencia mixta: Combinación de bienes intestados y testamentarios.
Diferencias entre herencia con testamento o herencia sin testamento
En Derecho existen 2 formas de heredar:
Ab intestato (sucesión intestda)
Con testamento.
SUCESION AB INTESTATO O SUCESIÓN INTESTADA
La sucesión intestada o ab intestato es aquella en la que no existe testamento porque el fallecido no dejó ninguno y es la Ley quien designa a los sucesores.
Se encuentra regulada en los artículos 912 y siguientes del Código Civil indicando en que casos se procede la Sucesión intestada en la forma que indica el código civil:
Hijos y descendientes sin distinción de edad, sexo o filiación a partes iguales.
Padres y ascendientes: A falta de descendientes heredarán los ascendientes en el siguiente orden: padres, abuelos, bisabuelos…
Cónyuge, en régimen de usufructo: A falta de descendientes y ascendientes heredara el difunto cónyuge sobreviviente.
Hermanos y sobrinos los que sucederán con preferencia a los demás parientes colaterales hasta el 4º grado.
A falta de todos los anteriores, heredará el Estado.
SUCESIÓN TESTADA
La herencia testada se rige por la voluntad de la persona fallecida expresada a través de un testamento. En tal caso se respetará lo dispuesto en él siempre que no se perjudique la legítima. La legítima es una porción de la herencia que está destinada por Ley a determinados familiares, a los cuales se les llama herederos forzosos.
La principal diferencia entre una sucesión sin testamento con respecto a una sucesión testada, es que la sucesión intestada se regula, no por la voluntad del causante puesto que no existe, sino por el ministerio de la Ley. Los herederos nombrados serán herederos legales.
Debe de acudirse a la Ley para saber quién y que orden se tiene derecho a suceder.
El grado de parentesco con la persona fallecida es determinante para establecer el derecho a suceder en las herencias intestadas y solamente tendrán este derecho unos determinados grados de parentesco.
Aceptación notarial de la herencia
Una vez aclarado quién tiene derecho a recibir la herencia y en qué proporción se procede a la aceptación notarial de herencia: identificación de los bienes, valoración, distribución y adjudicación.
Al mismo tiempo que uno acepta la herencia también hereda las obligaciones de pago de deudas contraídas por el fallecido con anterioridad a su muerte. Esto hace que, en ocasiones, por no poder hacer frente a las deudas contraídas, el heredero renuncie a la herencia.
Qué es el testamento y tipos de testamento
El testamento es la declaración de últimas voluntades a través de la cual una persona establece es destino que quiere dar a su patrimonio, bienes o parte de ellos una vez que fallezca.
Existen varias formas de hacer un testamento aunque lo más habitual es hacerlo en notaría.
Existen diferentes formas de disponer los bienes:
A título de herencia: Cuando se nombran herederos los cuales también pueden heredar deudas.
Nombrar a un legatario: Dejar a una persona (legatario) un bien concreto en el testamento y estos no heredan deudas.
No todos los testamentos son iguales. En España tenemos tres tipos de testamentos comunes: abierto, cerrado y ológrafo, aunque también existen testamentos especiales, como el militar, marítimo y el realizado en país extranjero.
Los testamentos abiertos y cerrados son los más comunes y ofrecen mayores garantías legales que el testamento ológrafo.
- El testamento abierto es aquel en el que el testador manifiesta su última voluntad en presencia de las personas que deben autorizar el acto, quedando enteradas de lo que en él se dispone.
- El testamento cerrado es aquel en el que el testador, sin revelar sus últimas voluntades, manifiesta que se halla en el pliego que presenta a las personas que tienen que autorizar el acto.
- El testamento ológrafo es aquel que escribe el propio testador.
El testamento también puede ser impugnado:
Cuando atente contra el derecho a la legítima de alguno de los herederos forzosos.
Si ha sido realizado sin cumplir alguno de los requisitos de forma preciso para la modalidad de testamento realizada.
Si se justifica causa para la impugnación el testamento podrá ser modificado o bien declarado nulo.
¿Puede cambiarse el contenido del testamento?
El contenido del testamento no puede cambiarse a excepción que sea para adaptarlo al cumplimiento de los derechos de los herederos forzosos.
Si el testador desea modificar sus últimas voluntades deberá de hacer un nuevo testamento, ya que salvo que sea considerado nulo el testamento válido siempre será el último.
Abogados expertos en herencias en Bilbao
Si busca ayuda y asesoramiento para redactar su testamento contacte con nuestro despacho de abogados de familia en Bilbao donde nuestros profesionales expertos en herencias, le informarán acerca de las ventajas e inconvenientes de cada uno de los tipos de testamento, requisitos y consecuencias, ayudándole a elegir el que más le conviene en función de sus necesidades y preferencias.
Posteriormente, nuestros expertos en sucesiones le asistirán en la tramitación del tipo de testamento que haya elegido, tarea que no resulta nada sencilla.
No olvidar que en materia civil existen Comunidades Autónomas con un régimen propio, lo cual hace que algunas cuestiones sobre las herencias puedan cambiar entre los territorios de España.
Para más información y asesoramiento personalizado no dude en contactar con nuestro equipo de abogados de familia experto en herencias en Bilbao.